2026-05-07

Corrientes

Fallo inédito: obligan a guardadores a pagar la terapia de un adolescente tras desistir de su adopción

La Justicia de Corrientes ordenó que una pareja afronte el tratamiento psicológico y los traslados de un joven luego de interrumpir abruptamente el proceso de guarda con fines adoptivos.

El Juzgado Civil, Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia de Santo Tomé dictó un fallo considerado inédito al ordenar que una pareja de guardadores costee el tratamiento psicológico y los gastos de traslado de un adolescente tras desistir del proceso de adopción pocos días después de iniciar la convivencia.

La resolución judicial establece que los adultos deberán asumir económicamente las medidas reparatorias necesarias para acompañar al joven, quien debió regresar a una institución estatal luego de fracasar la vinculación adoptiva.

El adolescente se encontraba bajo el sistema de protección estatal y había comenzado un proceso de guarda con fines de adopción que contaba con la aprobación de equipos interdisciplinarios. Sin embargo, a pocos días de convivir con los guardadores, estos comunicaron su decisión de interrumpir el proceso.

Según consta en el expediente, el conflicto se originó por diferencias vinculadas a cuestiones escolares y rutinas de estudio. Los informes técnicos indicaron que el joven todavía no estaba escolarizado al momento de iniciar la convivencia y que se había recomendado expresamente que la adaptación fuera progresiva, teniendo en cuenta su historia de vulnerabilidad e institucionalización.

Los especialistas remarcaron además que el adolescente no presentó conductas violentas ni agresivas y que las dificultades observadas son habituales en jóvenes que atravesaron largos procesos de institucionalización.

En ese contexto, los equipos técnicos alertaron sobre el fuerte impacto emocional que generan las vinculaciones fallidas, especialmente en adolescentes que ya sufrieron situaciones de abandono o violencia. Para la Justicia, el fracaso del proceso representó una nueva forma de revictimización.

En su resolución, el Juzgado sostuvo que quienes aceptan una guarda con fines adoptivos asumen responsabilidades que no desaparecen ante una interrupción abrupta e injustificada del vínculo, especialmente cuando esa decisión provoca consecuencias emocionales en el menor.

La medida dispuesta contempla tanto los honorarios de profesionales de salud mental como los gastos de traslado necesarios para que el adolescente pueda asistir a las sesiones terapéuticas.

El objetivo, según expresó el fallo, es garantizar el derecho del joven a la salud emocional y acompañarlo en la elaboración del sentimiento de rechazo y de esta nueva experiencia de pérdida.

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