Condenan a un hombre a pagar $3 millones por negarse a reconocer a su hija
La Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Salta condenó a un hombre a pagar una indemnización de 3 millones de pesos por daño moral, tras negarse durante años a reconocer a su hija, pese a que un estudio genético confirmó su vínculo biológico.
La decisión modificó una sentencia de primera instancia y puso fin a un litigio que se inició hace seis años, cuando la madre de la niña promovió una demanda de filiación para que la Justicia determinara la paternidad.
Aunque el vínculo fue reconocido legalmente en 2022, el proceso estuvo marcado por la resistencia del demandado, quien mantuvo una actitud de negativa y desinterés respecto de sus obligaciones como progenitor. Debido a su conducta durante el expediente, incluso fue declarado rebelde por la Justicia.
En su resolución, los jueces Verónica Gómez Naar y Leonardo Rubén Aranibar señalaron que el hombre mantuvo una actitud “intencionalmente incumplidora y renuente respecto del deber legal que le cabía como progenitor de la niña”, conducta que generó un daño moral que debía ser reparado económicamente.
Los magistrados remarcaron además que la negativa a reconocer a un hijo “viola derechos de la personalidad de la persona humana, a la identidad, al emplazamiento en el estado civil de hijo, a su nombre y, en suma, a ser reconocido por sus padres ante la sociedad en la cual vive”.
La sentencia destacó que estos derechos cuentan con protección constitucional y están respaldados por tratados internacionales, entre ellos la Convención sobre los Derechos del Niño.
Según trascendió, el conflicto comenzó cuando la mujer quedó embarazada. Al conocer la noticia, el hombre cortó toda comunicación, bloqueó a la madre en redes sociales y se desvinculó por completo. Tras el nacimiento de la niña, retomó contacto de manera breve y aseguró que asumiría su responsabilidad, aunque nunca avanzó con el reconocimiento legal.
Con el paso del tiempo volvió a alejarse y, de acuerdo con el expediente, mantuvo episodios de violencia verbal hacia la madre. Durante ese período solo realizó aportes económicos esporádicos y nunca consolidó un vínculo con la menor.
Ante esta situación, y cuando la niña estaba próxima a comenzar la etapa escolar, la mujer decidió iniciar la demanda judicial que finalmente concluyó con la condena económica.
La indemnización fijada por la Cámara deberá abonarse con intereses calculados a la tasa promedio activa en caso de incumplimiento.
El fallo se suma a otras resoluciones similares dictadas recientemente en el país, en las que los tribunales consideraron que la negativa injustificada a reconocer a un hijo puede generar daños psicológicos y emocionales que merecen reparación.