Se infartó en su trabajo, no recibió asistencia inmediata y la ART deberá pagar una indemnización millonaria
Un Tribunal del Trabajo dictó un fallo de fuerte impacto en materia laboral al reconocer como accidente de trabajo por ocasión el caso de un empleado que sufrió un infarto durante su jornada laboral y quedó con severas secuelas neurológicas.
La resolución ordenó a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) abonar una indemnización superior a los 351 millones de pesos, además de una prestación mensual por gran invalidez.
Según consta en el expediente, César Fernández trabajaba en una empresa desde 2009 y, desde 2021, cumplía funciones bajo un régimen de turnos rotativos. Su representación legal sostuvo que esa modalidad afectó su vida familiar y le generó elevados niveles de estrés.
El episodio ocurrió el 24 de noviembre de 2021 mientras se encontraba en la planta laboral. De acuerdo con la causa, comenzó a sentir un fuerte dolor en el pecho, mareos y malestar general, por lo que se dirigió a la enfermería de la empresa, que se encontraba cerrada.
Ante la falta de atención médica inmediata y de una ambulancia, se decidió trasladarlo en un remís hacia un centro de salud. Sin embargo, durante el trayecto sufrió una grave descompensación cardíaca.
Como consecuencia del cuadro, el trabajador padeció una severa afectación neurológica que le provocó cuadriparesia, importantes limitaciones motoras y la necesidad de asistencia permanente.
Durante el proceso judicial, la defensa argumentó que la falta de una respuesta adecuada ante la emergencia agravó significativamente las consecuencias del episodio.
El Tribunal consideró que, si bien no se acreditó que el trabajo hubiera provocado directamente el infarto, sí quedó demostrado que las circunstancias en las que ocurrió —dentro del ámbito laboral y sin asistencia médica oportuna— agravaron el desenlace.
Por ese motivo, los jueces encuadraron el caso como un accidente laboral por ocasión y condenaron a la ART a pagar $285.980.239,88 más intereses, elevando el monto total a $351.246.415,17.
Además, la sentencia estableció el pago de una prestación mensual por gran invalidez, contemplada en la Ley de Riesgos del Trabajo.
Desde la representación del trabajador destacaron que el fallo constituye un antecedente relevante para la protección de los derechos laborales y remarcaron que también deben repararse los daños que se agravan por la falta de asistencia adecuada dentro del ámbito de trabajo.