2026-09-06

Endurecen los controles en piletas y balnearios a partir de la nueva reglamentación de Seguridad Acuática

El Gobierno provincial reglamentó la Ley V-Nº18 de Seguridad Acuática, una medida que establece nuevas exigencias y amplía los controles sobre los espacios de acceso público donde se desarrollan actividades acuáticas, náuticas y ribereñas.

La reglamentación fue aprobada mediante el Decreto 1586, firmado el pasado 13 de agosto y publicado el 31 en el Boletín Oficial de la Provincia. A partir de esta normativa, la Dirección General de Seguridad Acuática tendrá competencia sobre piletas de clubes, hoteles, piletas privadas de uso público, balnearios y eventos acuáticos organizados bajo responsabilidad de terceros.

Los municipios deberán coordinar con el organismo provincial los procesos de habilitación de piletas, playas y eventos, aplicando las exigencias establecidas por la legislación. Uno de los puntos aclarados por la reglamentación es que no se fija una dimensión mínima de pileta como condición para quedar alcanzada por los controles.

El criterio está relacionado principalmente con el uso público del espacio y la actividad que allí se desarrolla. Por eso, quedan expresamente contemplados clubes, hoteles, piletas privadas de uso público, balnearios y eventos acuáticos.

La reglamentación establece nuevas obligaciones para quienes desempeñan tareas de guardavidas. Para formar parte del Registro Público Único de Guardavidas, deberán presentar el título habilitante, documentación personal y certificado de domicilio.

Además, tendrán que acreditar anualmente un apto psicofísico, que incluye ficha médica y ergometría. La Dirección General de Seguridad Acuática estará a cargo de capacitaciones anuales y administrará la Libreta Provincial de Guardavidas, donde quedarán registrados los antecedentes laborales, los eventos cubiertos y las eventuales sanciones.

También deberán contar con la reválida actualizada para poder desempeñarse. Las pruebas serán iguales en toda la Provincia, aunque las condiciones específicas serán establecidas por la autoridad competente.

Una de las obligaciones establecidas señala que, si un guardavida debe retirarse de su puesto, deberá hacer salir a las personas del agua hasta su regreso o hasta contar con un reemplazo, entre otros varios puntos de la nueva normativa. 

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