Caso José Luis Espert: la Cámara Federal rechazó el pedido para anular la causa por lavado de dinero y dejó firme la investigación

La Cámara Federal de San Martín le dio un nuevo revés judicial a José Luis Espert al confirmar el rechazo del planteo de nulidad presentado por su defensa contra distintas medidas de prueba realizadas durante la investigación en su contra por lavado de activos.

Los jueces consideraron que se acreditaron irregularidades capaces de afectar sus garantías constitucionales y sostuvieron que los cuestionamientos no demostraron la existencia de un perjuicio concreto que justificara invalidar las actuaciones.

La investigación busca determinar el origen y el destino de los US$200.000 que José Luis Espert habría recibido de una empresa de Guatemala vinculada al empresario Federico “Fred” Machado, investigado en Estados Unidos por presuntos delitos vinculados al narcotráfico y al lavado de activos.

El pago quedó bajo sospecha por los vínculos entre el empresario y el diputado, y por las circunstancias en las que se habría realizado la operación. La pesquisa apunta a esclarecer si ese dinero tuvo relación con el financiamiento de actividades políticas de Espert y si existió alguna maniobra ilícita detrás de la transferencia.

En un fallo del 15 de octubre y conocido en las últimas horas, la Sala II homologó la resolución del juez federal de San Isidro que había desestimado el pedido de nulidad de la investigación.

La defensa cuestionaba, entre otros puntos, que el fiscal hubiera ordenado medidas de prueba después de la indagatoria, que se tomaran testimonios sin notificar a sus abogados, que se solicitaran informes sobre su patrimonio y el de su esposa, y que se incorporaran informes de inteligencia reservados y se analizaran extracciones forenses de dispositivos electrónicos sin la intervención que reclamaba la parte.

Sin embargo, los jueces Néstor Pablo Barral y Alberto Agustín Lugones concluyeron que los actos cuestionados se habían desarrollado dentro de las facultades legales del Ministerio Público Fiscal y que no se había demostrado una vulneración concreta del derecho de defensa. 

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