Elisa Carrió pidió al juez Ramos Padilla suspender las designaciones de Lijo y García-Mansilla: “Viola la Constitución Nacional”
A través de una presentación judicial en el Juzgado de Alejo Ramos Padilla para pedir ser amicus curie (amiga del tribunal), la exdiputada Elisa Carrió denunció que el decreto de Javier Milei que nombró miembros de la Corte Suprema a Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla es “inconstitucional y nulo de nulidad absoluta e insanable”.
En su presentación, Carrió afirmó que “la designación realizada por decreto viola de manera directa la Constitución Nacional, los Tratados Internacionales de Derechos Humanos con jerarquía constitucional y los principios esenciales del sistema republicano, como la independencia judicial y la división de poderes”. “La Constitución establece un procedimiento especial y reforzado para designar a los jueces de la Corte Suprema, que exige acuerdo del Senado por dos tercios de los miembros presentes en sesión pública.
En cambio, Milei usó una norma excepcional que permite cubrir provisoriamente otros cargos, como embajadores o jefes militares, solo cuando la vacante ocurre durante el receso legislativo”, afirma la dirigente de la Coalición Cívica en su presentación. “Por ello, no es aplicable a la Corte Suprema, cuyos miembros deben ser designados mediante el procedimiento constitucional específico”, agregó.
Ramos Padilla, como juez subrogante del Juzgado 2 de La Plata, acumula tres pedidos de medidas cautelares para suspender y luego eventualmente declarar inconstitucional el decreto 137 de Milei, desde hace dos semanas. Un cuarto pedido de amparo, presentado por Poder Ciudadano y otras organizaciones de la sociedad civil, fue acumulado por Ramos Padilla a la causa principal.
La ONG CEPIS, la primera en pedir la cautelar, notificó ayer al Gobierno que tiene plazo hasta el viernes para justificar los alcances del decreto 137 lo que supone que Ramos Padilla no va a aceptar el amparo hasta, por lo menos, ese día aunque ya consideró que se trata de un caso de “gravedad constitucional”.