El Gobierno profundizó la desregulación de alimentos y flexibilizó aún más las importaciones
El Gobierno nacional avanzó con una nueva etapa de desregulación del mercado alimentario al publicar el Decreto 697/2026 en el Boletín Oficial. La norma amplía el régimen de simplificación para las importaciones de alimentos e insumos utilizados por la industria y concentra en el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) las principales funciones de fiscalización.
La medida lleva las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Diego Santilli y los ministros Luis Caputo y Mario Lugones.
Se amplía la flexibilización de las importaciones
La nueva normativa extiende el reconocimiento automático de certificaciones sanitarias extranjeras a aditivos, ingredientes, coadyuvantes tecnológicos y materiales en contacto con alimentos, que hasta ahora no estaban alcanzados por el régimen de simplificación.
De esta manera, los productos certificados por países reconocidos por Argentina o que cumplan con las normas del Codex Alimentarius podrán ingresar con la sola presentación de una declaración jurada de importación, sin que la autoridad sanitaria pueda exigir requisitos adicionales, salvo en situaciones de riesgo sanitario.
El Gobierno sostiene que la medida busca eliminar la duplicación de controles, reducir costos regulatorios y facilitar la incorporación de nuevos productos y tecnologías.
El antecedente del decreto de 2025
La decisión amplía el esquema iniciado con el Decreto 35/2025, que había eliminado trámites para el ingreso de alimentos terminados provenientes de países con altos estándares sanitarios, como Estados Unidos, los integrantes de la Unión Europea, Suiza, Canadá, Israel, Japón, Australia y Nueva Zelanda, entre otros.
Según el Ejecutivo, ese régimen había generado una diferencia regulatoria: mientras esos productos podían importarse sin mayores requisitos, la industria nacional debía atravesar procesos de autorización para utilizar los mismos insumos en la elaboración local.
Con la nueva disposición, esa diferencia queda eliminada para los ingredientes que cuenten con certificaciones reconocidas.
Más funciones para el Senasa
El decreto también reorganiza el sistema de control sanitario. A partir de ahora, el Senasa concentrará el registro de productos y establecimientos, las inspecciones, la fiscalización higiénico-sanitaria, la administración de la Base Única de Datos y la aplicación de sanciones previstas en el Código Alimentario Argentino.
Por su parte, el Ministerio de Salud conservará la definición de políticas sanitarias, la actualización del Código Alimentario Argentino y la evaluación de nuevos ingredientes, aditivos y tecnologías.
Nuevos plazos y cambios administrativos
La normativa establece que las autoridades sanitarias tendrán un plazo de 30 días para autorizar un producto. Si ese período vence sin resolución, la empresa podrá comercializarlo utilizando el número de trámite, mientras el Estado mantiene la facultad de realizar controles e inspecciones.
Para la incorporación de nuevos ingredientes o aditivos, el plazo máximo será de 60 días corridos.
Además, los productos destinados a la exportación deberán cumplir únicamente con las exigencias del país de destino y los carnets de manipulación de alimentos dejarán de tener fecha de vencimiento.
La medida llega en un contexto complejo para la industria
La flexibilización se implementa en un escenario marcado por la caída de la actividad industrial y el cierre de empresas del sector alimenticio. Desde el Gobierno aseguran que el objetivo es reducir costos, agilizar el comercio y mejorar la competitividad.
Sin embargo, distintos sectores industriales y empresariales vienen manifestando preocupación por el impacto que una mayor apertura de las importaciones podría tener sobre la producción nacional y el empleo, en un contexto de retracción de la actividad económica.