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ATM prorrogó por 30 días los mayores beneficios de la Moratoria 2024

Hasta el 30 de noviembre
Hasta el 30 de noviembre
lunes 04 de noviembre de 2024

La Agencia Tributaria Misiones  (ATM) extendió hasta el 30 de noviembre los mayores descuentos de la Moratoria 2024. Cabe recordar que el Régimen Especial de Regularización de Obligaciones Tributarias Provinciales entró en vigencia el pasado 1 de octubre y contaba con tres etapas: la primera, que cuenta con quita de los intereses resarcitorios de hasta 70% para pago de contado o hasta 3 cuotas mensuales, la cual se prorrogó por 30 días.

Este Régimen Especial de Regularización de Obligaciones Tributarias tiene opciones muy convenientes para las Pymes, los monotributistas y ciudadanos que deseen regularizar su situación y ponerse al día con una financiación de hasta 24 cuotas. El trámite se puede iniciar de forma online desde el sitio web www.atmisiones.gob.ar de manera sencilla: con pocos pasos se puede elegir la opción que más convenga. Además, ATM cuenta con atención online por email a [email protected] y vía Instagram y Facebook por mensaje directo; también telefónicamente al 0810-444-5505.

Las obligaciones que cuentan con este beneficio son las deudas por obligaciones impositivas, aunque se encuentren en discusión, administrativa o judicial, del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, del Impuesto Inmobiliario Básico y adicional e Impuestos de Sellos; deudas por obligaciones respecto de las cuales hubiera prescripto las facultades de la Dirección General de Rentas para determinarlas y exigirlas, y sobre las que se hubiera formulado denuncia penal; y deudas por obligaciones de los agentes de retención y/o percepción que hubiera omitido retener o percibir.

Así también las deudas por actualizaciones, intereses y/o multas; deudas por obligaciones del Impuesto Provincial al Automotor; deudas por obligaciones fiscales incluidas en planes de facilidades de pagos y moratorias, respecto de los cuales haya operado o no la caducidad a la fecha de entrada en vigencia del presente régimen, siempre que consistan en las deudas establecidas en el inciso a), b), c), d) y e) del artículo 4 de la RG referida a la moratoria; y deudas por obligaciones de Tasa de Servicios Forestales y Tasa por Guía Minera.