PIANCHO

La Cámara del Trabajo suspendió el fallo que frenaba la reforma laboral

La decisión habilita la vigencia de la ley aprobada en el Congreso. El planteo había sido impulsado por el Gobierno tras una cautelar favorable a la CGT.
jueves 23 de abril de 2026

La Cámara Nacional del Trabajo resolvió otorgar efecto suspensivo a la apelación presentada por el Estado nacional contra la medida cautelar que había frenado parte de la reforma laboral. De esta manera, la normativa vuelve a estar vigente hasta que se resuelva la cuestión de fondo en la Justicia.

La decisión fue adoptada por los camaristas María Dora González y Víctor Pesino, integrantes de la Sala VIII, quienes dejaron en suspenso lo dispuesto en primera instancia por el juez Horacio Ojeda. El magistrado había dictado el 30 de marzo una cautelar que suspendía más de 80 artículos de la ley 27.802, tras un planteo de la Confederación General del Trabajo (CGT).

Según la resolución, el Estado había apelado el fallo, pero inicialmente el recurso fue concedido “en relación y con efecto devolutivo”, lo que implicaba que la cautelar continuaba vigente durante el trámite. Frente a esto, el Gobierno presentó un recurso de queja para modificar ese efecto.

La Cámara hizo lugar al planteo y aplicó lo establecido en la Ley 26.854, que regula las medidas cautelares contra el Estado. En ese marco, consideró que cuando una resolución judicial suspende la aplicación de una ley, la apelación debe tener efecto suspensivo, salvo excepciones.

Los jueces argumentaron que “la medida cautelar [de Ojeda] suspendió la vigencia de una gran cantidad de artículos de una ley del Congreso y esta circunstancia torna aplicable la norma antes aludida”.

En paralelo, el Gobierno había presentado un recurso de “per saltum” ante la Corte Suprema de Justicia para que intervenga directamente en el caso. El máximo tribunal aún no se pronunció sobre el fondo de la disputa.

Tras el fallo, el Ministerio de Capital Humano celebró la decisión y sostuvo que “la Cámara Laboral revocó la decisión del juez Ojeda y declaró la vigencia de la reforma laboral impulsada por el Gobierno nacional”. El presidente Javier Milei también se expresó en redes sociales: “No podrán detener el crecimiento que se viene para el país”.

La cautelar dictada por Ojeda había suspendido temporalmente aspectos centrales de la reforma, como la implementación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), cambios en el derecho a huelga, modificaciones en el cálculo de indemnizaciones, la creación del banco de horas, la fragmentación de vacaciones y la derogación de la Ley de Teletrabajo, entre otros puntos.

El planteo judicial fue impulsado por la CGT, que cuestionó la constitucionalidad de la reforma al considerar que introduce “modificaciones peyorativas y permanentes” sobre derechos laborales protegidos.

Con esta resolución de Cámara, la reforma laboral recupera vigencia mientras continúa el proceso judicial, en un escenario aún abierto a definiciones por parte de la Corte Suprema.