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Fallo histórico en Corrientes: deberá pagar $6 millones por vender garrafas y hostigar a su vecina

La Justicia Civil condenó a un comerciante de la capital correntina a indemnizar con $6 millones a una vecina adulta mayor que vive sola. Además, ordenó que cese la venta de gas envasado en su domicilio hasta contar con la habilitación correspondiente.
domingo 16 de agosto de 2026

El Juzgado Civil y Comercial N.º 2 de Corrientes resolvió un conflicto vecinal que se extendió durante años y condenó a un hombre a pagar una indemnización de $6 millones a su vecina.

La sentencia fue dictada por la jueza Graciela Lisceiko, quien hizo lugar parcialmente a la demanda presentada por la mujer contra su vecino. Además de establecer la reparación económica, ordenó que el comerciante interrumpa de inmediato la venta de gas envasado desde su domicilio hasta obtener la habilitación correspondiente.

El conflicto se inició en 2014 y, según lo establecido en el expediente, fue creciendo desde reclamos por ruidos y vibraciones hasta episodios que afectaron la propiedad de la mujer.

La resolución consideró que la actividad desarrollada por el demandado excedía la "normal tolerancia" que debe existir en una convivencia entre vecinos y que generaba consecuencias sobre la salud y seguridad de la demandante.

Venta irregular de garrafas, ruidos y olores

La mujer, de avanzada edad y con problemas de salud, denunció que en el inmueble lindero funcionaba un kiosco clandestino dedicado al acopio y venta de garrafas de gas y carbón.

De acuerdo con el expediente, la actividad provocaba constantes olores a combustible, además de ruidos y vibraciones producidos por golpes contra la pared medianera. Las molestias, según la presentación judicial, también se registraban durante la noche y afectaban su descanso.

El demandado negó los hechos denunciados. Sin embargo, informes municipales incorporados a la causa determinaron que el comercio no tenía habilitación para la venta de gas y señalaron que la situación representaba un riesgo de incendio para el vecindario.

Los testimonios reunidos durante el proceso también describieron ruidos similares a "martillazos" y un contexto de permanente hostilidad entre los vecinos.

La situación de vulnerabilidad de la mujer

Uno de los aspectos centrales de la sentencia fue la consideración de la situación particular de la demandante. La jueza aplicó las 100 Reglas de Brasilia y la Convención Interamericana sobre Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores.

La magistrada entendió que la mujer, por ser una persona mayor que vive sola, se encontraba en una situación de especial vulnerabilidad frente al conflicto y el hostigamiento denunciado.

La indemnización fijada asciende a $6 millones y fue dividida en dos conceptos: $2 millones correspondientes a las llamadas "inmisiones", relacionadas con las molestias ocasionadas por los ruidos y olores, y otros $4 millones por daños materiales y espirituales.

Antecedentes de agresiones contra la propiedad

Para determinar el monto correspondiente a los daños materiales y espirituales, el tribunal también tuvo en cuenta un antecedente penal relacionado con el conflicto.

Según el expediente, los demandados habían sido condenados por ingresar al techo de la mujer y arrojar aceite sobre las paredes y ventanas de su vivienda. El hecho fue considerado una agresión deliberada que tuvo un fuerte impacto en la estabilidad emocional de la víctima.

Para establecer una reparación integral, el tribunal tomó como referencia el valor actual de distintos bienes de consumo, entre ellos un televisor, un aire acondicionado y un sommier, con el objetivo de adecuar la indemnización a las necesidades de una persona de su edad.