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Freno judicial a dos artículos de la reforma laboral abre un nuevo frente de conflicto

Sumó un capítulo determinante
Sumó un capítulo determinante

La disputa en tribunales por la reforma laboral sumó un capítulo determinante. La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declaró la inconstitucionalidad e inconvencionalidad de los artículos 79 y 94 de la normativa y ratificó la plena competencia del fuero laboral.

La resolución judicial se aplica a un litigio puntual iniciado por cesantías en ACUMAR, pero sienta un precedente de peso frente a las múltiples causas pendientes de resolución.

En su pronunciamiento, los magistrados Enrique Catani y Gabriela Vázquez consideraron que ambos artículos vulneran derechos constitucionales al restringir el acceso directo de los trabajadores a la Justicia del Trabajo.

Dichos apartados disponen que, ante litigios donde intervenga el Estado nacional, debe intervenir el fuero Contencioso Administrativo y no el del Trabajo, incluso en expedientes abiertos con anterioridad.

Al respecto, el tribunal remarcó que el texto “resulta incompatible y violatorio de las garantías consagradas a través de los artículos 14 bis y 75, inciso 22, de la Constitución Nacional”, sostuvieron los jueces.

El tribunal argumentó que “no existe otro modo de resolver adecuadamente la cuestión bajo examen que acudir a la última ratio del orden jurídico y declarar la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del precepto apuntado”, añadieron.

La puja de fueros y el planteo de la CGT
Aunque el dictamen atañe a un caso específico, impacta en el conflicto de competencias donde gravita la demanda de la CGT, que cuestionó más de 80 artículos de la ley.

La central obrera había obtenido una medida cautelar favorable que luego el oficialismo logró revertir, consiguiendo derivar las actuaciones al fuero Contencioso Administrativo.

Hasta el momento, ningún tribunal resolvió el fondo sobre la validez constitucional general de la norma, mientras las miradas continúan puestas en una futura definición de la Corte Suprema.