2026-05-10

España: Condenaron a una administrativa de salud por ingresar más de 1.300 veces al historial médico de su hija y nietos

La Justicia confirmó una pena de ocho años de prisión para la mujer, que accedió sin autorización a información médica confidencial de sus familiares durante tres años.

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN), en España, confirmó la condena a ocho años de prisión contra una administrativa de un centro de salud de Alsasua que accedió de manera ilegal al historial médico de su hija y de sus tres nietos en 1.329 ocasiones.

La sentencia ratifica el fallo dictado en enero por la Audiencia Provincial, que además le impuso una multa total de 16.800 euros por cuatro delitos continuados de revelación de secretos.

Según determinó la Justicia, la mujer ingresó sin autorización a las historias clínicas entre mayo de 2021 y mayo de 2024 utilizando su acceso laboral en el sistema sanitario.

De acuerdo al fallo, accedió 677 veces al historial de su hija y otras 263, 275 y 114 veces a los expedientes médicos de sus tres nietos menores de edad. Además, imprimió informes clínicos en 122 oportunidades.

Los magistrados consideraron probado que todos los accesos fueron realizados “por motivos ajenos a sus funciones profesionales, sin justificación asistencial y sin autorización ni consentimiento”.

La condenada recibió dos años de prisión y 4.200 euros de multa por cada uno de los cuatro delitos, aunque el tribunal reconoció como atenuantes una alteración psíquica leve y la reparación parcial del daño.

Además de la pena de cárcel, la mujer tendrá prohibido acercarse o comunicarse con las víctimas durante 20 años y fue inhabilitada por siete años para ejercer funciones relacionadas con el acceso a información sanitaria.

En concepto de indemnización, deberá pagar 25.000 euros a su hija y 10.000 euros a cada uno de sus tres nietos por daño moral.

Durante el juicio, la defensa pidió la absolución alegando que la acusada padecía un trastorno disociativo que afectaba completamente su capacidad de comprender sus actos. Sin embargo, el TSJN rechazó ese planteo al considerar que la mujer sabía lo que hacía y llegó incluso a difundir datos obtenidos de las historias clínicas.

La sentencia aún puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo de España.

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