PIANCHO

Absolvieron a Marcelo Corazza en el juicio por trata y abuso de menores

El Tribunal Oral Federal N°3 lo absolvió de los delitos por los que había sido acusado y descartó la figura de asociación ilícita. Francisco Angelotti fue condenado a 22 años y Raúl Mermet recibió una pena de 10 años.
miércoles 26 de agosto de 2026

El Tribunal Oral Federal N°3 absolvió este miércoles a Marcelo Corazza en el juicio por una serie de hechos vinculados con trata de personas, abuso sexual y corrupción de menores. Los jueces también absolvieron a Leandro Aguiar y Andrés Charpenet y descartaron la acusación por asociación ilícita.

El proceso judicial se extendió durante casi un año y tuvo como eje una investigación iniciada en 2022 a partir de la denuncia de una de las víctimas ante la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex).

En marzo de 2024, los fiscales Carlos Rívolo y Alejandra Mángano habían solicitado la elevación a juicio al considerar que existían elementos para investigar una organización dedicada a captar jóvenes varones, muchos de ellos menores de edad y en situación de vulnerabilidad, para abusarlos y explotarlos sexualmente.

Las condenas a Angelotti y Mermet

El tribunal, integrado por los jueces Andrés Basso, Javier Feliciano Ríos y Fernando Machado Peloni, condenó a Francisco Rolando Angelotti a 22 años de prisión.

Los magistrados lo consideraron responsable del delito de trata de personas respecto de cuatro víctimas, algunas menores de edad al momento de los hechos, con agravantes relacionados con situaciones de vulnerabilidad. También lo responsabilizaron por distintos hechos de abuso sexual con acceso carnal contra otras tres víctimas.

Por su parte, Raúl Ignacio Mermet fue condenado a 10 años de prisión como partícipe necesario en un caso de trata de una menor de 18 años, agravado por el abuso de su situación de vulnerabilidad.

Además, Angelotti y Mermet deberán afrontar reparaciones económicas para las víctimas por los hechos por los que fueron condenados.

Por qué absolvieron a Marcelo Corazza

En el caso de Marcelo Corazza, los jueces resolvieron absolverlo de los hechos por los que había sido acusado.

El tribunal también declaró prescriptos algunos de los hechos más antiguos incluidos en la investigación. En particular, respecto de Corazza se declaró extinguida por prescripción la acción penal por exhibiciones obscenas agravadas y promoción de la corrupción de menores vinculadas con la primera víctima.

La acusación por asociación ilícita también fue descartada para los cinco acusados. Durante el debate, esa figura había sido sostenida únicamente por la querella.

Tras la lectura del veredicto, en el caso de Corazza se dejaron sin efecto el dispositivo electrónico de vigilancia, la prohibición de salir del país y el embargo que habían sido dispuestos durante el proceso.

Los fundamentos completos de la sentencia serán dados a conocer el 22 de octubre.

Cómo comenzó la investigación

La causa se inició en octubre de 2022, luego de que una de las víctimas realizara una denuncia ante la Protex.

Durante la etapa de instrucción, la acusación había sostenido que la estructura investigada habría funcionado entre 1999 y marzo de 2023 en distintos puntos de la Ciudad y la provincia de Buenos Aires y en Misiones.

Según esa hipótesis, Angelotti era señalado como la persona que captaba a los jóvenes y ganaba su confianza, mientras que Corazza, Mermet y Charpenet habían sido considerados presuntos integrantes de la organización. Aguiar había sido señalado como integrante desde 2018.

El tribunal, sin embargo, no encontró responsabilidad penal en Corazza, Aguiar y Charpenet por los delitos que llegaron a juicio, mientras que sí dictó condenas contra Angelotti y Mermet por los hechos que consideró acreditados.

Finalmente, también se ordenó decomisar dispositivos electrónicos secuestrados en un domicilio de Oberá, Misiones, y comunicar la condena de Angelotti al Registro Nacional de Datos Genéticos Vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.